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Si hay bajas de alumnos por haber encontrado empleo, éstas NO descuentan nada de la subvención.
Si el curso ha superado el 25% de su duración, tampoco descuentan las bajas por cualquier otro motivo, siempre que no excedan del 15% (2 alumnos).
Tampoco descuentan las bajas (por cualquier causa) tras el 75% de asistencia.
Dicho de forma más clara :
Se perdonan las dos primeras bajas ya desde el inicio, por el motivo que sea, todas las que sean por colocación, y cualquier otra si se hubiera asistido al menos al 75% del curso.
Así está previsto en la actual normativa.
Por ejemplo, en el Anexo 1 de la Resolución de 18 de noviembre del SPEE, punto 37 :
"Se considerarán alumnos computables a los trabajadores desempleados que tuvieran que abandonarlo por haber encontrado empleo,
y a los que hayan asistido, al menos, al 75 % de la duración de la acción formativa.
Si se hubiesen producido abandonos una vez iniciadas las acciones, se admitirán desviaciones de hasta un 15% del número de participantes que las hubieran iniciado (Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo)".